Maspalomas contra la violencia de género
La jueza contra la violencia de Género en San Bartolomé de Tirajana, imparte una conferencia en la que define el perfil de los maltratadores con problemas de alcohol y drogas, y víctimas dependientes con baja autoestima
La jueza responsable del Juzgado nº 8 de violencia de género hacia la mujer en los Juzgados de San Bartolomé de Tirajana, Saro Leo Jové, afirma que la mayoría de los casos de violencia de género que atiende su partido judicial correspondientes a los municipios de Santa Lucía y San Bartolomé de Tirajana tienen a un maltratador con un perfil que les caracteriza como personas problemáticas con problemas de alcohol y drogas, “que los llevan no sólo al juzgado de violencia sino también a otros juzgados”.
La jueza Saro Leo Jové hizo esta afirmación durante la conferencia que ofreció la noche de este lunes en el Centro Cultural de Maspalomas, dentro del programa de actividades que la Concejalía de Políticas de Igualdad y Mujer está llevando a cabo bajo el lema ‘Que nadie corte tu libertad’, para conmemorar el Día internacional contra la violencia de género que se celebra en todo el mundo el próximo 25 de noviembre.
Saro Leo Jové afirmó que el mayor porcentaje de las denuncias de violencia de género que tramita su juzgado tienen como protagonistas a parejas de entre 30 y 45 años, y se corresponden con casos de Mogán, Arguineguín y Vecindario, siendo los menos del municipio de San Bartolomé de Tirajana, donde destacan, sin embargo, muchos casos con maltratadores vinculados laboralmente a la administración pública y a las profesiones de la hostelería, mientras que entre las mujeres víctimas “abundan las que trabajan como dependientas”, señaló.
“A las mujeres de más edad, que llevan más tiempo con sus maridos, les cuesta más denunciar, y los casos que llegan al juzgado lo hacen porque han llamado los vecinos que son testigos, y no porque ellas hayan denunciado. También las hay más jóvenes, pero son menos”, afirmó.
Según la jueza, más del 50% de las mujeres que denuncian malos tratos y violencia de género en el municipio de San Bartolomé de Tirajana “son dependientes económicamente de sus maltratadores”.
Según Jové, “en el Sur hay muchos casos con partes de lesiones, pero no todos constituyen violencia de género, porque hay agresiones donde no se dice quien ha sido el agresor, o las mujeres prefieren no denunciar o rechazan que hayan sido sus compañeros o maridos”. No obstante, la jueza reconoce que el 70% de los atestados policiales que llegan a su juzgado por violencia de género llevan consigo un parte médico de lesiones, y que muchos de éstos, más del 70%, lo son por cuadros de ansiedad necesitados de tratamiento.
Respecto de las poblaciones de Arguineguín y Mogán, dijo, la mayoría “son casos de parejas extranjeras localizadas en hoteles, que van de discotecas y beben, que gritan cuando llegan a la habitación y el recepcionista que los oye llama a la policía y… se les acaban las vacaciones”, mientras que en la zona de Vecindario la mayoría de los casos se corresponden con personas emigrantes “sudamericanos, marroquíes y cubanos”.
Objetivo: dominar
La jueza fue presentada en esta conferencia como “la máxima instancia de protección y prevención en materia de violencia de género entre mujeres y hombres en San Bartolomé de Tirajana” por la concejala de Políticas de Igualdad y Mujer, Amanda Rosa Cárdenes Calero, quien le agradeció que aceptara colaborar con el Ayuntamiento desde el primer momento, “para ofrecer a la ciudadanía una visión judicial sobre la violencia de género desde la realidad de las mujeres del suroeste y del sur”.
Saro Leo Jové explicó durante su conferencia en qué consiste la violencia de género, los procesos que llevan a las órdenes de protección, las características de los agresores y las víctimas y cómo se trabaja en el juzgado para mejorar la situación de las víctimas.
El término violencia de género, utilizado por primera vez en 1995, en el Congreso de Mujeres celebrado en Pekín bajo los auspicios de la ONU, se distingue de la violencia doméstica, porque ésta se da en el ámbito intrafamiliar, mientras que la violencia de género la provoca el hombre contra la mujer después de mantener una relación de afectividad con existencia o no de convivencia.
La jueza explicó que es una violencia física o psíquica que tiene por objetivo el intento de dominación y de control del hombre hacia la mujer, en una relación de desigualdad y de inferioridad de la mujer respecto del hombre.
Tres fases
“Suele ser una violencia dañina y generadora de dependencia, que se inicia muy temprano en la relación aunque no siempre es concebida como tal por la mujer, porque le parece normal aunque vaya aumentando. Además tiene carácter continuado y habitual, que se da en todos los ámbitos de la convivencia, con la finalidad de dominar, donde el hombre quiere garantizar la desigualdad y aprovecharse de los beneficios que obtiene de esa desigualdad, y donde la mujer se siente cada vez más culpable y con menor autoestima. El maltratador va dominando a la mujer poco a poco de manera psíquica, que es más difícil de probar, y cuando la mujer se resiste en ocasiones utiliza la violencia física”, afirmó Leo Jové.
Según la jueza, la violencia de género tiene tres fases: la acumulación de tensión del hombre; el estallido de la tensión y, finalmente, la fase de arrepentimiento o luna de miel, donde el hombre pide perdón o hace regalos. Este ciclo se repite, pero la luna de miel cada vez es más reducida y el arrepentimiento puede llegar a desaparecer, y los estallidos volverse cada vez más patentes. Eso genera en las víctimas un estado conocido como Síndrome de la mujer maltratada (SIMO).
La mujer se aisla de sus amistades y socialmente, no sale, no trabaja, no estudia… y es controlada y se le prohíben cosas, y termina siendo desvalorizada por el hombre.
Herramientas del maltratador
Los maltratadores utilizan contra sus víctimas distintas herramientas, como el aislamiento mediante el uso de los celos y las críticas directas o indirectas hacia las amistades o familiares de la mujer; provocando situaciones incómodas, humillantes y desagradables delante de éstos y cada vez con más frecuencia; restringiéndole a ella el uso del coche y del teléfono, y a través de socavarle la credibilidad tratándola de “rara” y de “loca”.
Otra herramienta utilizada por el maltratador es el control, que establece de forma indirecta y gradual, y donde la mujer va cediendo frente al hombre como “amo de la relación”. Y también el control económico del hombre, que impide a la mujer participar en la economía familiar, independientemente de que éste aporte o no los recursos económicos necesarios.
La tercera herramienta es la desvalorización de la mujer: haciéndola sentir torpe, quitándole valor a sus capacidades, opiniones, actuaciones; infravalorándola intelectualmente y descalificándola y culpabilizándola de todos los problemas de la relación; burlándose de sus razonamientos e, incluso, haciéndola dudar de su propia salud mental. “Tú estás loca”.
El maltratador ignora emocionalmente a la mujer y no participa en las tareas del hogar, tratándola como una sirvienta e, incluso, comparándola desfavorablemente respecto de otras mujeres.
Esta desvalorización de la mujer tiene para ella unas consecuencias muy negativas, como la pérdida de autoestima, y la creencia de su incapacidad sin el hombre. Eso hace también que se genere en ella una autoinculpación.
Del insulto al abuso
Según la jueza Leo Jové, una vez que la mujer se hace cada vez más dependiente del hombre, pueden aparecer signos de la violencia de género más visibles para el entorno, como los gritos y las ofensas, primero en casa y después delante de amistades y/o familiares, con recriminaciones e insultos tales como “loca” y “puta”, que son los más habituales. Después de los gritos y los insultos empiezan las amenazas y las inducciones de miedo (golpes y roturas de puertas u objetos), y el maltrato ambiental y emocional hacia aquellos o aquello que le puede hacer daño a la mujer, como los hijos o el perro. A partir de entonces la mujer vive con miedo continuo. E incluso puede aparecer el abuso sexual, e incluso embarazos o abortos obligados.
“Cuando los gritos, los insultos, los desprecios, las humillaciones, las recriminaciones, las amenazas, el maltrato ambiental, el abuso emocional y el abuso sexual se hacen habituales y diarios…la mujer está sufriendo violencia psicológica, que le provoca tensión, ansiedad, angustia, miedo e incluso en alguna ocasión la voluntad de suicidarse. La violencia física aparece cuando la mujer no acepta o se resiste al dominio del maltratador”, dice.
Perfil: machistas y celosos
Según la jueza, el perfil del hombre agresor sigue unos patrones comunes: son personas machistas desde pequeños, celosos por naturaleza, posesivos, inmaduros, viriles, intolerantes; personas muy proteccionistas, y también suelen ser ejemplares y agradables fuera de casa y brutales dentro. No son conscientes de que son maltratadores, ni lo reconocen ni lo aceptan.
La ley que regula los juzgados de violencia sobre la mujer y la violencia de género es la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, que establece cuáles son las competencias del juzgado, y que tiene por objetivo la protección de la paz familiar.
“Para que una persona esté bajo violencia de género se tienen que dar las conductas tipificadas en el Código Penal como delito de lesiones, delitos de amenazas, malos tratos habituales u ocasionales, coacciones leves, quebrantamientos de condenas de orden protección, o faltas de vejaciones o insultos y, además, que estas conductas se realicen contra la mujer con la intención o voluntad de degradarla, discriminarla, subyugarla y dominarla”, afirma Jové.
Órdenes de protección
La titular del juzgado contra la violencia de género en San Bartolomé de Tirajana, que atiende las denuncias presentadas desde los municipios de Mogán a Santa Lucía, también habló en su conferencia de las órdenes de protección, cuyas solicitudes deben tener respuesta judicial en un plazo máximo de 72 horas, y de las órdenes de alejamiento, que no deben prolongarse más allá de 6 meses, y que se imponen siempre que se consideren necesarias porque la mujer lo solicita y acredita dicha necesidad.
La jueza también aclaró que durante el tiempo que dura el proceso judicial en un caso de violencia “puede que la mujer requiera protección especial por riesgo, y entonces se dicta una orden de protección con medidas de carácter penal o civil”, que puede ser solicitada por la propia víctima, familiares, el ministerio fiscal, el juez actuando de oficio o también entidades asistenciales, ante el juez, el ministerio fiscal, las fuerzas y cuerpos de seguridad, ante la oficina de atención a las víctimas, los servicios sociales o los colegios de abogados.


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