La Justicia anula los grandes planes urbanísticos del Sur

La Justicia anula los grandes planes urbanísticos del Sur

Según publica en periódico Canarias 7 El Supremo anula el plan para regenerar Playa del Inglés y el Tribunal Superior de Justicia de canarias el Plan de Modernización de Maspalomas.

Dos sentencias, una de ellas firme, trufan de inseguridad jurídica el planeamiento urbanístico en  el epicentro de la industria turística.  El Supremo anula el plan para regenerar Playa del Inglés y el Tribunal Superior canario el Plan de Modernización de Maspalomas.


La Justicia ha asestado dos severos mazazos al planeamiento urbanístico diseñado por el Gobierno de Canarias para sus zonas turísticas: el Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que en abril de 2015 anuló el Plan Territorial Parcial de Regeneración del Espacio Consolidado de Playa del Inglés –el instrumento legal para crear la nueva ciudad turística del Sur de Gran Canaria– y el TSJC ha anulado el Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la  Competitividad del Sector Turístico de San Bartolomé de Tirajana Maspalomas Costa Canaria.

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo confirmó la semana pasada la sentencia del TSJC que, a mediados de abril del año pasado, anuló el instrumento legal con el que el Gobierno de Canarias, según palabras de sus órganos de comunicación, proyectaba «estructurar y regenerar la ciudad turística del Sur» de Gran Canarias.

La sentencia ahora confirmada por el Supremo –en una ponencia del magistrado José Suay Rincón, profundo conocedor del urbanismo en las Islas como catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria–  declaró nulo el plan de regeneración por «caducidad del expediente», esto es, porque el plazo de tramitación de la norma superó el límite temporal establecido por la Ley.

Primero la Sala canaria y ahora el Alto Tribunal,  en un fallo sin posibilidad de recurso  en vía jurisdiccional, han declarado probado que el llamado plan PTP8 comenzó a tramitarse el 8 de agosto de 2006 y se aprobó en mayo de 2010, cuando ya habían «vencido sobradamente todos los plazos de caducidad señalados por la normativa canaria aplicable».


El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso impuesto por las administraciones canarias contra la sentencia del TSJC que estimó el recurso interpuesto por la entidad Hostelería Canaria Internacional, representada por el abogado, exdiputado regional y arquitecto grancanario Carmelo Padrón.

El ámbito territorial del plan comenzaba en la Punta del Tarajalillo y llegaba hasta el Barranco de Mogán.

La Sala canaria aseveró en su día que el plan anulado seguía la tónica del ordenamiento urbanístico de Canarias: «profuso, confuso y frecuentemente contradictorio en sus propios términos». La decisión del Supremo confirma la condena en costas a las administraciones implicadas en el litigio (Gobierno canario, Cabildo y Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana).