Europa autoriza los escáneres corporales en los aeropuertos
Los pasajeros tendrán derecho a rechazar pasar por un escáner corporal y a elegir métodos de control alternativos si así lo desean.
La Comisión Europea ha aprobado una norma que autoriza el uso en los aeropuertos de la Unión Europea (UE) de escáneres corporales, que muestran una imagen de los pasajeros desnudos, con el objetivo de prevenir ataques terroristas. La legislación prevé salvaguardas para proteger la salud e intimidad de los viajeros.
De hecho, los pasajeros tendrán derecho a rechazar pasar por un escáner corporal y a elegir métodos de control alternativos si así lo desean. Además, los Estados miembros y los aeropuertos no están obligados a introducir estos nuevos instrumentos de control, pero si lo hacen deberán cumplir las reglas europeas.
En la actualidad, Reino Unido y Países Bajos ya utilizan de forma regular escáneres corporales en algunos de sus aeropuertos. No obstante, hasta ahora el uso de los escáneres corporales se ha hecho basándose en diferentes legislaciones nacionales, estándares y métodos operativos, de hecho, España anunció que no introduciría los escáneres corporales hasta que hubiera una norma común de la UE.
La nueva legislación autoriza a los Estados miembros y a los aeropuertos a sustituir los actuales sistemas de seguridad por escáneres corporales. También impone una aplicación uniforme de las reglas de seguridad en todos los aeropuertos y fija "salvaguardas estrictas y obligatorias" para la protección de la intimidad y la salud.
Para no poner en riesgo la salud de los pasajeros, sólo se autorizarán escáneres que no usen tecnología de rayos X.


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