Entra en vigor la nueva Ordenanza sobre animales peligrosos en San Bartolomé

Entra en vigor la nueva Ordenanza sobre animales peligrosos en San Bartolomé

Tras su exposición pública sin reclamaciones y su publicación en el Boletín Oficial este sábado se empezará aplicar.

El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana empezará a aplicar este sábado 13 de julio la nueva Ordenanza Municipal que regula la tenencia, guarda, custodia y protección de animales y de animales potencialmente peligrosos en este municipio.

La entrada en vigor de esta Ordenanza tiene lugar después de que fuera aprobada por unanimidad en el pleno del pasado 27 de marzo, y tras su exposición pública durante casi un mes sin recibir ninguna reclamación sobre su contenido.

Esta Ordenanza añade a su articulado dos nuevos conceptos, que son el de animal de explotación adaptado a los entornos urbanos y mantenidos con fines lucrativos, y los animales de riesgo, considerándose como tales los perros así catalogados o aquellos que resulten denunciados por un comportamiento agresivo.

La nueva normativa municipal autoriza la tenencia de animales domésticos de compañía en los domicilios particulares siempre que su número, su volumen, la adecuación de las instalaciones y las circunstancias del alojamiento lo permitan por reunir condiciones higiénico-sanitarias adecuadas y no supongan un peligro ni molestia para los vecinos.

En cualquier caso la Ordenanza prohíbe la tenencia habitual y la estabulación de animales en balcones, garajes, pabellones, sótanos, azoteas, jardines o cualquier otro lugar en el que ocasionen a los vecinos o transeúntes molestias por sus olores, ruidos, suciedad, aullidos o ladridos.

La nueva Ordenanza, que amplia y corrige las anteriores de 1996 y de 2002,  exige a los propietarios de perros la obligación de contar con su pertinente cartilla sanitaria y suscribir un seguro de responsabilidad civil que cubra daños y perjuicios que pueda ocasionar el animal.

La Ordenanza considera animales potencialmente peligrosos a todos los que siendo utilizados como animales domésticos o de compañía tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales, y tipifica como tales a las razas Akita Inu, Toxha Inu, Staffordschire Bull Terrier, Rotweller, Presa Mallorquín (CaDeBou), Presa Canario, Mastín Napolitano, Fila Brasileiro, Dogo del Tibet, Dogo de Burdeos, Dogo Argentino, Dobermann, Bulmastiff, Pitbull Terrier, Bóxer y los American Staffordshire Terrier. También tienen la misma consideración los animales nacidos de cruces interraciales de cualquiera de estas razas, los perros que hayan tenido episodios de agresiones a personas o a otros perros, y los adiestrados para atacar y defender.

Con esta nueva normativa el Ayuntamiento también quiere poner coto a los abandonos y los envenenamientos intencionados, con la imposición de sanciones para quienes depositen alimentos emponzoñados en vías y espacios públicos, y también para los propietarios de los animales identificados que sean abandonados.

En cuanto a las sanciones, la nueva Ordenanza castiga con 300 euros las multas leves, con hasta 2.404 euros las graves y con 15.025 euros las muy graves.

Entre las infracciones más graves destacan precisamente el abandono de animales potencialmente peligrosos de cualquier especie o raza; la falta de licencia de éstos; su adiestramiento para hacerlos más agresivos o dedicarlos a finalidades prohibidas como las peleas de perros; la participación de esos animales en concursos, exhibiciones o espectáculos destinados a demostrar su agresividad; y también el maltrato o agresión física a esos mismos animales.